Colegio de Abogados de Madrid: los últimos coletazos de un Régimen (II)

El Colegio de Abogados de Madrid, el más numeroso de España, tiene, entre ejercientes y no ejercientes, más de 65.000 colegiados. Es una de las corporaciones profesionales más importantes de Europa. Su último presupuesto superó los 52 millones de euros.
 
Cuando al Decano en funciones se le pide que haga balance de su gestión, siempre pone el acento –posiblemente con razón- en las cuentas saneadas que presenta el ICAM. Hernández-Gil reivindica su mandato basándose casi exclusivamente en cifras: recuerda, cada vez que tiene ocasión, que, mientras la inflación acumulada ha sido del 12 %, las cuotas sólo han subido un 2% y que, en plena crisis económica, el Colegio ha duplicado su patrimonio neto y ha registrado superávit.
 
El problema es que, junto a esta única luz, son muchas las sombras que se le reprochan. No hay que olvidar que las finanzas del Colegio no constituyen un fin en sí mismas, sino que son un medio para el cumplimiento de los fines colegiales. Y el incremento de patrimonio sólo será valorado por los colegiados poniéndolo en relación con los servicios que reciben o con el adecuado ejercicio de la función profesional y social que es propia de la institución.
 
Pero es que, incluso en los aspectos económicos, el Decano no ha conseguido despejar las dudas que se suscitan sobre la opacidad de su gestión. Algo tan sencillo de aclarar en Junta General como cuánto cobra el gerente del Colegio ha recibido sistemáticamente la callada por respuesta, amparando esa negativa en la Ley de Protección de Datos. Que no se haga público, o que no se le facilite a alguien ajeno a la institución, es lógico y ajustado a Derecho. Pero que los propios colegiados no puedan conocer, en una asamblea interna, el sueldo que ellos mismos pagan a su gerente, no me digan que no es para nota.
 
Buena parte del presupuesto se va progresivamente externalizando, eludiendo así el derecho de información y control por parte de los colegiados. 
 
Como recordó José Manuel Pradas en un interesante artículo, la Fundación Cortina-Domingo Romero Grande recibe casi un 10 % del presupuesto del Colegio para encargarse de gestionar las prestaciones asistenciales del mismo, no sabemos por qué.

A partir de ahí, la abogacía madrileña ya no tiene derecho a conocer cómo se emplea ese dinero: qué prestaciones se conceden, en qué cuantía, con qué criterios, con qué gastos de gestión aparejados, etc. La auditoría se limita a constatar que, en efecto, la asignación económica se ha destinado a la Fundación. Y la Junta de Gobierno se encoge de hombros ante cualquier pregunta, puesto que esa fiscalización ya no es cosa de los colegiados. La gestión de la Fundación depende de sus patronos, mientras que el control administrativo corresponde al Protectorado.
 
La conversión del Seguro Médico en una Mutua sanitaria privada, operación impulsada bajo el mandato de Hernández-Gil, sacará del control colegial aproximadamente la mitad del actual presupuesto, en unas condiciones escasamente comprensibles, al menos para mí. Esta operación fue aprobada el 7 de noviembre de 2011 en una Junta General con la ínfima asistencia habitual, haciendo uso del voto delegado en manos de la Junta de Gobierno como también es habitual, y con poco más de 1.000 apoyos (contando el doble valor de los ejercientes).
 
Así se acordó la creación de una Mutua de Seguros a prima fija, que operará, entre otros, en el ramo de asistencia sanitaria. La Mutua ejercerá su actividad en todo o parte del territorio nacional y podrán integrarse en la misma, en condiciones pendientes de determinar, todos los colegiados, sin perjuicio de que pueda ofrecer sus servicios a otros colectivos distintos.

El Colegio transfiere a dicha Mutua 2’5 millones de euros aproximados en dinero, varios inmuebles de su propiedad (la cuarta planta, siete plazas de garaje y un almacén del edificio de Serrano nº 11, tasados en casi 3’5 millones) y diverso mobiliario y equipamiento, con la única condición de que, si la Mutua se disolviera, ese patrimonio volvería al Colegio, salvo que con el mismo hubieran de satisfacerse deudas pendientes.
 
Pero, a cambio de transferir una cartera de clientes actuales y potenciales, parte de un valioso y céntrico edificio en la capital de España y una suma de dinero, ¿qué obtiene el Colegio? ¿Qué control ejercería sobre la Mutua sanitaria privada, sobre su actividad y sobre sus órganos? Parece que ninguno. Y digo parece porque el Decano se ha negado sistemáticamente, con distintas excusas, a aclarar la mayor parte de las cuestiones que se le han ido planteando en distintas Juntas.  Los futuros cargos de la entidad serán elegidos por los mutualistas, que recordemos que ya no tendrían por qué ser sólo los abogados. Y podemos imaginarnos el nivel de participación de mutualistas que habrá en las asambleas de la nueva entidad. A partir de ahí, se abre un abanico de dudas...
 
En definitiva, el Colegio pierde patrimonio y pierde la mitad de sus ingresos anuales para transferirlo a una entidad ajena al propio ICAM. Si el Servicio Médico es viable, ¿por qué no mantenerlo bajo el control de los propios colegiados? Y, si no lo es (extremo que desconozco porque no lo he visto explicado ni acreditado en ningún sitio), ¿no hubiera sido mejor obtener ingresos a cambio de traspasarlo a una entidad ya constituida, con la que se negociasen ventajosas condiciones de servicio para los colegiados, en lugar de cederlo a cambio de nada a una Mutua de nueva constitución que escapará al control del ICAM?
 
Si apenas un millar de votos aprobaron la desaparición del Servicio Médico y su transformación en una Mutua externa, el equivalente a unos 2.266 votos (1.133 ejercientes), en una iniciativa impulsada por Sonia Gumpert (una abogada entonces desconocida para la mayoría de nosotros), formulamos al Decano solicitud de convocatoria de una Junta General Extraordinaria, para recabar más información y reconsiderar el acuerdo adoptado.
 
El Decano (que en estas elecciones ha invocado el fomento de la participación para justificar la necesidad de una reforma estatutaria) nos denegó ese derecho e incumplió así el artículo 38.3 de los Estatutos del ICAM, cuya redacción es imperativa: "(...) Cumplidos los requisitos anteriores [solicitud al menos del 1 % de los ejercientes, acompañando Orden del Día propuesto], la Junta de Gobierno deberá convocar Junta General Extraordinaria en plazo no superior a quince días desde la presentación de la solicitud". La resolución está actualmente sometida al conocimiento de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Mientras se producían estos episodios, tampoco se constataba ningún avance notable en la organización, servicios o funcionamiento del Colegio. Más bien da la sensación de que se han dejado pasar cinco años sin afrontar su necesaria modernización.
 
Pero lo peor, sin duda, de la gestión de Hernández-Gil, es la pérdida de relevancia del Colegio de Abogados de Madrid. Con los Decanos Pedrol Rius y Martí Mingarro, con sus defectos y sus virtudes, la institución colegial era tomada en cierta consideración y constituía un referente. Cuando había una reforma legal de trascendencia o cuando se suscitaba un asunto importante que afectaba a la profesión, no faltaba un pronunciamiento del Decano del ICAM.
 
Por el contrario, Antonio Hernández-Gil ha estado ausente, o callado, o se ha pronunciado tarde, a remolque y con sordina, en cada ocasión en que las circunstancias exigían que se oyese con claridad la voz de la abogacía madrileña.
 
Así ha sucedido con la Ley de Acceso, por ejemplo. O, lo que es más grave, con una Ley de Tasas que limita gravemente el derecho a la tutela judicial efectiva. Mientras el Consejo General de la Abogacía reaccionaba, se pronunciaba, hacía propuestas y tomaba medidas antes, durante y después de la tramitación del proyecto de ley, el ICAM estaba desaparecido del debate. Según pretextó Hernández-Gil en la Ser, “porque al Colegio no le han dado ningún cauce de participación en la elaboración. Lo hemos dicho en cuanto hemos podido, pero nos hemos encontrado con una ley prácticamente aprobada en pocos días, como todos los ciudadanos. No ha habido una interlocución previa”. O sea, que el Decano del Colegio de Abogados más importante de España supuestamente se entera de la imposición de tasas cuando ya está aprobada. Y, durante el proceso previo, estaba en su despacho esperando a que vinieran a consultarle. Sin comentarios.
 
También le achacaban al Decano saliente esa falta de peso y de decisión los miles de letrados del turno de oficio que se han visto seriamente afectados por el reiterado incumplimiento de la Comunidad de Madrid, un problema ante el que Hernández-Gil manifestaba en una entrevista durante la campaña electoral su impotencia: “Que me expliquen qué más se puede hacer”.
 
Les invito a escuchar este ilustrativo diálogo que, en pleno conflicto con la Comunidad, alguien grabó con su móvil entre abogados del turno de oficio, perjudicados por los impagos, y el Decano:
 
 
Otra de los graves dejaciones que se recordarán por parte de Hernández-Gil se produjo ante la vulneración del derecho de defensa. Ya lo expliqué con detalle en su momento en un artículo titulado Derecho de defensa y grabaciones ilegales. El Colegio reaccionó tarde, pero con aparente contundencia, acordando presentar una querella contra el juez instructor que había conculcado ese derecho básico. Finalmente, la Junta de Gobierno incumplió su propia resolución y tuvo que ser Ignacio Peláez, uno de los letrados sometidos a escuchas ilegales, quien interpusiera personalmente la querella.
 
Durante la reciente campaña electoral, Hernández-Gil explicó que, una vez personado el Colegio en la causa y restablecida la legalidad mediante la anulación de la prueba ilegítima, no consideraron que el papel del Colegio fuera la persecución penal del juez. Pero eso es una versión construida a posteriori. El acuerdo de la propia Junta de Gobierno sí consideraba necesario no limitarse a un recurso en el seno del proceso donde se habían producido las grabaciones ilegales. Se entendía que la vulneración del derecho de defensa precisaba de la respuesta contundente de una acción penal contra el juez que había acordado, sin cobertura legal, grabar las conversaciones entre clientes y abogados. Durante meses, el Decano no dijo que no fuera necesaria la querella, sino que no era el momento, que había que dejar que la Fiscalía tuviese oportunidad de reaccionar, que ya lo haría, que nadie iba a marcarle el ritmo al Colegio… Hasta que los abogados afectados no tuvieron más opción que actuar por sus propios medios, ante la falta de amparo colegial, como si fuera un problema exclusivo de ellos y no una cuestión trascedente que afecta al ejercicio de nuestra función.
 
 
Llegado el otoño de 2012, el mandato de Antonio Hernández-Gil Álvarez-Cienfuegos como Decano madrileño se aproximaba a su fin y tenían que convocarse nuevas elecciones…
 
(Fotografía de Cinco Días)

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Vaya tela lo que cuentas. Menos mal que ha salido la alternativa. Espero que os vaya bien con ella.
Un saludo.
Gonzalo

Carlos J. Galán dijo...

Pues sí, Gonzalo, una merienda de negros. Esperemos que las cosas sean ahora diferentes. Al menos se abre la oportunidad de cambio, porque Hernández Gil en el Decanato era más de lo mismo o peor (que todo es susceptible de empeorar).